*Un blog de Javier Castro

Director Departamento de Estudios Legales


El acceso a la información pública reconocido como un derecho fundamental por nuestra jurisprudencia constitucional y por tratados internacionales, es vital para que exista transparencia, rendición de cuentas y para prevenir y detectar actos de corrupción. También es conocido como un “derecho llave”, pues permite acceder a otros derechos y el empoderamiento ciudadano. Fue por ello que el país dio un salto cualitativo en términos de institucionalidad democrática cuando se aprobó la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

Sin embargo, actualmente existen grandes riesgos, pues dicho derecho está bajo asedio y se advierten retrocesos. Este tipo de embates no son nuevos,  pues continúan las intenciones de seguir en la opacidad estatal y de ver  al acceso a la información como un estorbo a remover.

Recientemente, se realizó la elección de Comisionados del IAIP proveniente del sector de periodistas, carente de transparencia, sin observación ciudadana y además excluyente de la gremial más representativa de periodistas, plagado de irregularidades por contrariar la misma LAIP, dejando como resultado una elección seriamente cuestionada en su legitimidad.

Curiosamente la historia se repite, pues en 2011, en tiempos del Presidente Funes, se aprobó de forma inconsulta el Reglamento de la LAIP (RELAIP), que buscaba vaciar de contenido dicha ley y controlar indebidamente la elección del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), en exceso de la potestad reglamentaria, el cual fue declarado inconstitucional. Nueve años después sucede lo mismo, pues el Presidente de la República aprueba reformas inconsultas al RELAIP, que limitan la eficacia del IAIP y ponen obstáculos al ejercicio del derecho, extralimitándose en su facultad reglamentaria, pues se reforma de manera solapada e inconstitucional la LAIP, lo que provocó que ya se presentaran dos demandas de inconstitucionalidad.

Dichas reformas incumplieron el requisito de publicidad y consulta previa que establece la ley; modifican el proceso para las controversias por información reservada y suman un paso adicional, pues ya no se acudirá directamente al IAIP, sino que deberá iniciarse antes un proceso de apelación; rompen con el espíritu colegiado del IAIP, al concentrar las facultades administrativas en el Comisionado Presidente, eliminando  la facultad del pleno para establecer sus normas internas de funcionamiento, cuando la LAIP solo le confiere al Presidente  la representación legal; eliminan algunos documentos que deben presentar los candidatos a Comisionados, cuando lo que debería suceder es fortalecer los requisitos y no reducirlos; y suprimen el derecho de cualquier persona de impugnar candidatos a Comisionados, con lo cual se erradica un importante mecanismo de control ciudadano.

Fue una mala señal no ver al pleno del IAIP unido cuestionando las reformas al RELAIP; así como no haber conocido aún una postura categórica del Comisionado Presidente en defensa del derecho de acceso a la información, siendo esto crucial para no deteriorar la credibilidad del Instituto.

El asedio sistemático contra el IAIP por parte del Gobierno con la intención de afectar su eficacia y autonomía es notorio y se advierten señales que esto seguirá. Esto es preocupante y debe evitarse, pues de lo contrario la ciudadanía pierde su derecho a saber y en vez de luz habrá más oscuridad, y con ello espacio propicio para la corrupción y el debilitamiento de la democracia.