El Director de la PNC ha incumplido dos órdenes que emanan de atribuciones constitucionales que tienen la Asamblea Legislativa y la Fiscalía General de la República. Esta conducta constituye un serio atentado contra el Estado de derecho y un precedente muy grave para la institucionalidad democrática.

La primera orden fue girada por la Asamblea Legislativa, para que hiciera comparecer al Ministro de Hacienda ante la Comisión Especial que investiga la colocación de títulos y préstamos en el marco de la pandemia por COVID, luego de que el funcionario se negara a asistir en 3 ocasiones y a pesar de estar obligado por el art. 132 de la Constitución (Cn). El Director de la PNC se apropió de facultades deliberativas, juzgando y concluyendo, sin tener atribuciones para ello, que había causa justificada para que el Ministro no acudiera a la convocatoria.

La segunda orden fue girada por el Fiscal General de la República para que la PNC desalojara a las personas que bloqueaban el ingreso al relleno sanitario de Nejapa. Al Fiscal General le corresponde promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, así como dirigir la investigación del delito con la colaboración de la PNC (art. 193 Cn.), lo cual está desarrollado en el art. 15 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, que señala que la PNC obedecerá las órdenes bajo el concepto de dirección funcional impartidas por la FGR. El Director de la PNC, de nuevo, violando la ley, no acató la orden.

Estas dos desobediencias son actuaciones de la mayor gravedad contra la esencia del Estado de derecho, que presupone el sometimiento de los funcionarios a la Constitución y a las leyes. Es fundamental que la institucionalidad se respete y que en este caso se deduzcan las responsabilidades respectivas por las acciones contrarias a la ley. La falta de sumisión al orden jurídico por parte de los funcionarios pone bajo grave amenaza al sistema democrático, a la gobernabilidad y a la paz social.

Antiguo Cuscatlán, 7 de octubre de 2020.