Análisis Legal e Institucional: La inminente y compleja tarea de regular el daño moral en El Salvador
Miércoles, 01 de julio del 2015
La Constitución de El Salvador reconoce desde 1983 el derecho a indemnización por daños de carácter moral, de acuerdo con una ley; sin embargo, todavía no ha sido emitida la legislación que permita viabilizar el mencionado derecho. Este vacío normativo fue declarado inconstitucional el 23 de enero de 2015, cuando la Sala de lo Constitucional pronunció la sentencia en el proceso 53-2012, ordenando al legislador que regule esta materia antes del 31 de diciembre de 2015, pero cuando faltan menos de tres meses para que se cumpla ese plazo judicial, la Asamblea Legislativa todavía no ha discutido ninguna propuesta. En este Análisis Legal e Institucional reseñamos la motivación de la sentencia referida, presentamos los elementos que se deberían incluir en el contexto del ordenamiento jurídico salvadoreño y llamamos a emprender la tarea cuanto antes, pues el tema es complejo y no debe perderse de vista que una mala legislación no solo impediría los beneficios previstos en cuanto a la protección de derechos jurídicamente protegidos, sino que puede acarrear problemas inesperados en su aplicación.
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La Constitución de El Salvador reconoce desde 1983 el derecho a indemnización por daños de carácter moral, de acuerdo con una ley; sin embargo, todavía no ha sido emitida la legislación que permita viabilizar el mencionado derecho. Este vacío normativo fue declarado inconstitucional el 23 de enero de 2015, cuando la Sala de lo Constitucional pronunció la sentencia en el proceso 53-2012, ordenando al legislador que regule esta materia antes del 31 de diciembre de 2015, pero cuando faltan menos de tres meses para que se cumpla ese plazo judicial, la Asamblea Legislativa todavía no ha discutido ninguna propuesta. En este Análisis Legal e Institucional reseñamos la motivación de la sentencia referida, presentamos los elementos que se deberían incluir en el contexto del ordenamiento jurídico salvadoreño y llamamos a emprender la tarea cuanto antes, pues el tema es complejo y no debe perderse de vista que una mala legislación no solo impediría los beneficios previstos en cuanto a la protección de derechos jurídicamente protegidos, sino que puede acarrear problemas inesperados en su aplicación.