El 17 de septiembre de 2015, el Gobierno presentó otra propuesta de una “Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia”, la cual tiene por objeto establecer una contribución especial temporal -durante 10 años- destinada a la seguridad ciudadana, “con base en proyectos específicos contemplados en los planes de seguridad ciudadana y convivencia” , y hace una referencia expresa al “Plan El Salvador Seguro”, del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia. El presente análisis se hace de acuerdo a los conceptos legales de impuesto y contribución especial antes definidos por la legislación y desarrollados por la jurisprudencia, y a la luz de los principios de capacidad tributaria, equidad tributaria y principio de beneficio. Se tomará en cuenta el hecho generador, la base imponible, los sujetos obligados y el destino de los fondos.