Análisis Legal e Institucional: El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la Constitución
Viernes, 11 de diciembre del 2015
La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador. Es lamentable que la Asamblea Legislativa no haya aprovechado esta valiosa oportunidad para aprobar una ley que reuniera los más altos estándares en prevención y combate de la corrupción, y que se hayan suprimido otros elementos importantes, como la declaración de conflictos de interés.
José Miguel Arévalo Rengifo
Oscar Pineda
Análisis Legal e Institucional: El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la Constitución
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La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador. Es lamentable que la Asamblea Legislativa no haya aprovechado esta valiosa oportunidad para aprobar una ley que reuniera los más altos estándares en prevención y combate de la corrupción, y que se hayan suprimido otros elementos importantes, como la declaración de conflictos de interés.