En diciembre de 2009 la Asamblea Legislativa reformó el Art. 91 CT estableciendo la obligación que las personas naturales que estuvieran obligadas al pago del ISR, también debían elaborar una Declaración del Estado Patrimonial, salvo excepciones; sin embargo después la misma Asamblea se encargo de obstruir la vigencia de dicho decreto. Siendo la recaudación fiscal un componente clave de las finanzas públicas, se requiere de una normativa clara con plazos específicos, que eviten confusiones por parte de los contribuyentes y discrecionalidades por parte de las autoridades competentes.